Vender una casa puede ser un proceso costoso y tedioso, más aún con todas las dificultades derivadas de la entrada en escena del COVID-19. En este artículo te explicamos algunos de los documentos más importantes que debes preparar para ello. Ya que son muchos puntos a tener en cuenta, te recomendamos que busques la ayuda de un profesional que te mantenga informado y te ayude a tener preparado todo lo necesario para la venta de tu casa sin errores ni demoras.
Documentos necesarios para vender una casa
Documento Nacional de Identidad en vigor de todas las partes involucradas en la compraventa.
Nota Simple Registral en la que se demuestre que eres el verdadero propietario del inmueble, y se compruebe si la vivienda está libre de cargas (como hipotecas o embargos). Ésta la solicita el comprador, tú como vendedor no tienes obligación de facilitársela, sino que él mismo, o la agencia inmobiliaria que esté llevando la operación, puede solicitarla acudiendo al Registro de la Propiedad.
La escritura o título de propiedad de la vivienda que confirme que eres el propietario. Ésta debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad de la localidad donde resides.
Certificado de saldo pendiente de la hipoteca. Si tienes un préstamo hipotecario en vigor, hay que realizar la cancelación. Este documento certifica la dirección donde se ubica la vivienda, el número de finca registral y la cuenta en la que se debe abonar este crédito, para poderlo cancelar y que el nuevo comprador pueda inscribir la vivienda a su nombre. Si la hipoteca está pagada pero aún no se ha cancelado del registro, bastará con presentar este documento para probarlo.
Certificado de eficiencia energética es el estudio que prueba el consumo de energía en nuestra vivienda y es obligatorio desde 2013. Como vendedor debes aportar el certificado de eficiencia energética o una copia de éste, para entregarla al comprador. El notario echará para atrás la operación de compraventa en caso de no disponer de este certificado.
Último recibo de Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) del año vigente que demostrará estar al corriente de pago o indicará lo que queda pendiente. El encargado de pagarlo será la persona que sea propietario de la vivienda a día 1 de enero del año correspondiente. No obstante, el Tribunal Supremo establece que el vendedor tiene derecho a repercutir al comprador la parte proporcional al tiempo que cada una de las partes haya disfrutado de la casa durante el año de devengo del impuesto.
Últimos recibos de los suministros de la vivienda para mostrar que la casa no tiene cargas pendientes. Además, es recomendable que no se dé de baja de ningún suministro de los que disponga actualmente el inmueble (agua, electricidad, gas…) para facilitar al comprador el cambio de titularidad de los mismos y no hacerle incurrir en gastos innecesarios.
Certificado de la comunidad de propietarios. En él se indica si estamos al corriente de pagos y derramas o la deuda pendiente si existiera. Este dato se solicita al presidente o al administrador de la comunidad.
Los planos de la vivienda y los estatutos de la comunidad de propietarios podrían solicitártelos, ya que el banco del comprador si va a solicitar una hipoteca puede exigírselos, por lo tanto, no está demás que los tengas preparados.
Certificación de Inspección Técnica del Edificio (ITE). Si el edificio ha pasado la ITE, debes presentar el certificado que lo acredite. Es obligatorio para edificios de más de 45 años de antigüedad (con una revisión cada 10 años), un arquitecto o un arquitecto técnico visita la vivienda y comprueba que la casa se encuentra en buen estado.
Cédula de habitabilidad. Ésta acredita que la vivienda reúne todas las condiciones mínimas para que pueda ser habitada (la expide el Ayuntamiento).
Tasación. Realizar una tasación previa a la venta para saber el valor real de nuestra vivienda ofrece al comprador más seguridad y ayuda para la venta al situar el piso a precio de mercado.
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