Cuando se realiza una compra venta de una vivienda hay una serie de impuestos que pagan cada una de las partes comprador y vendedor. Cada uno tiene que hacer frente a diferentes impuestos. Si se trata de la compra de una casa de obra nueva, ésta estará sometida al IVA, pero si la vivienda es de segunda mano, es decir, se trata de vivienda ya usada el impuesto que tendrá que pagar el comprador es el ITP y el vendedor se tendrá que hacer cargo de la plusvalía. A todo ello habrá que sumar tanto para una vivienda de obra nueva, como para una vivienda de segunda mano los gastos de notaría y escrituras.
¿Qué es el ITP?
Es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que tiene que abonar todo comprador cuando adquiere una vivienda de segunda mano. El calculo del importe a abonar en concepto de ITP se realiza a partir del importe de la vivienda. El porcentaje impositivo que se aplica es diferente en cada comunidad autónoma.
Existe una gran diferencia en el ITP que se aplica entre diferentes comunidades autónomas. El País vasco tiene el ITP más bajo de toda España: un 4% y por contra encabezan la lista con el ITP más alto el 10% las comunidades de: Cataluña, Comunidad Valenciana y Galicia.
Para inmuebles de más de un millón de euros el tipo aplicable puede alcanzar hasta el 11.5% y según comunidades autónomas y en función de las características particulares de cada adquiriente se puede acceder a alguna bonificación o deducción. Es también cada comunidad autónoma la que establece estas deducciones.
¿Cómo se calcula?
Es importante destacar que con la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal se modificó la base imponible del impuesto, sustituyendo el valor real por valor de referencia de Catastro, concepto que se equipara al valor de mercado. Esta modificación va dirigida a evitar potenciales fraudes, ya que si se establecía un valor menor de la vivienda se conseguía pagar menos impuestos.
Desde la aprobación de esta ley la base imponible sobre la que se aplica el cálculo del ITP de una vivienda se establece según el valor de mercado de la misma, específicamente el que determina la Dirección General del Catastro, sin que éste supere el valor que circule en el mercado.
¿Dónde y cuándo se paga el ITP?
Al ser un impuesto cedido a las comunidades autónomas se paga en la Delegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de la comunidad donde se encuentre el inmueble. El plazo para liquidarlo es a los 30 días hábiles posteriores al otorgamiento del contrato. Dependiendo de la Comunidad, se puede presentar de forma telemática o presencial.