La potencia instalada para autoconsumo eléctrico ha crecido y se espera que siga creciendo a un ritmo aún superior al que ya lo está haciendo, según los datos de la Unión Española Fotovoltaica (UNEF).  La instalación del sistema de autoconsumo eléctrico depende de varios elementos: el tamaño del sistema, si verterá excedentes a la red eléctrica y si es individual o compartido.

El autoconsumo eléctrico ya es una realidad, en este artículo te explicamos de forma sencilla los pasos a seguir para tramitar tu sistema de autoconsumo eléctrico, tanto antes, como después de la obra que conlleva:

Antes de la instalación:

Después de la instalación:

¿Qué tipos de instalación y uso de placas fotovoltaicas marca  actualmente la ley en España?  Actualmente se permiten 2 tipos de instalaciones

  • Sin excedente:
    De cara a los trámites con la administración es el formato más sencillo,  ya que ésta no va a tener que ocuparse de gestionar descuentos en tu factura. Si eliges este tipo de instalación, es por que consideras que no vas a verter  parte de la energía que has producido en la red y que la vas a usar y reutilizar toda, por lo que tendrás que asegurarte de que tu instalación está preparada para reciclar correctamente la energía que generas.
  • Con excedente:
    Frente a la opción anterior el autoconsumo con excedente implica que vas a devolver  parte de esa energía que generas a la red cuando no la vayas a usar, lo que supondrá un ahorro en tu factura debido a los descuentos producidos por cada kilovatio vertido a la red, eso sí los trámites con la administración serán algo más complicados que si optaras por el modelo sin excedente.

También puedes consultar la Guía de tramitación del autoconsumo que El Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía (IDAE) ha publicado.