El gobierno ha prorrogado algunas de las medidas aprobadas el pasado 29 de marzo dirigidas a  reforzar la protección a grupos vulnerables  y que se prorrogarán hasta el próximo 31 de diciembre.

En el ámbito de vivienda se prorroga el tope a la subida de alquileres que estaba activo desde marzo y consiste en la prohibición de actualizar el alquiler por encima del 2% hasta el próximo 31 de diciembre. Es decir, se desvincula del IPC la renovación anual de los contratos del alquiler.

En el decreto se establece una distinción entre grandes tenedores y pequeños propietarios

  • Gran tenedor de vivienda: Puede ser una empresa o persona física que cuente con más de 10 viviendas en propiedad. También, se considera un gran tenedor al propietario que disponga de una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados, sin contar garajes o trasteros.  Este tipo de propietarios podrán aplicar como máximo una subida de las rentas del 2%,
  • Pequeños propietarios: Sí podrán renegociar con sus inquilinos subidas por encima de ese porcentaje. En el caso de no llegar a un acuerdo, el arrendador aplicará ese 2% de incremento en la renta del alquiler.