Preguntas frecuentes sobre los gastos en una comunidad de propietarios
Si eres propietario en una comunidad de vecinos sabrás que esto te ofrece una serie de derechos, pero también implica una serie de obligaciones a tener en cuenta, una de ellas, es contribuir a los gastos de la comunidad. Resolvemos aquí 3 de las preguntas frecuentes que pueden surgirte en torno a ello:
1. ¿Sabes cómo se calcula la cuota que tiene que pagar cada propietario como gasto ordinario de comunidad?
Normalmente, se fija la cuota a pagar por cada piso o local de la comunidad en el título constitutivo del edificio. “Para su fijación se toma como base la superficie útil en relación con el total del edificio, su situación y emplazamiento, así como el uso que presumiblemente se va a tener de los elementos comunes”, asegura el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid).
Aunque también, puede ocurrir que el dueño del bloque fije en el título constitutivo del edificio o a través de los estatutos de la comunidad otro tipo de reparto del gasto, como por ejemplo ocurre cuando se establezca que el pago sea a partes iguales entre todos los propietarios, o que se excluya del pago a alguno de ellos, como ocurre con los locales que tienen acceso directo desde la calle y no desde el portal.
También la normativa establece una excepción al sistema habitual de contribución por parte del propietario, cuando existan gastos individuales. Esto se refiere a cuando algún propietario tiene instalado algún sistema que individualice su consumo, como contadores de agua o calefacción. Por lo que se individualiza también su gasto.
2. Y si en una misma comunidad donde todos los pisos independientemente de sus características, pagan la misma cuota, ¿pueden cambiar esta distribución de gastos?
Salvo lo especialmente establecido en los estatutos de la comunidad, el propietario contribuirá al pago de los gastos generales respecto a su coeficiente de participación. Para modificar el pago de una o varias partidas de gastos, en este caso, será necesario un acuerdo al respecto por unanimidad.
3. ¿Están los locales obligados a contribuir a los gastos del bloque? ¿Deben participar en los gastos del ascensor incluso cuando no lo utilicen?
“Si no existe una cláusula que exima al propietario del local del pago de determinados gastos o un acuerdo adoptado al respecto por unanimidad, éste está obligado a contribuir al pago de los gastos de mantenimiento del servicios o elementos comunes de la finca, aunque no los utilice ya que su no utilización no exime del pago”, aseguran desde el CAFMadrid.
Fuente: Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid).
Si eres propietario seguro que te interesa este otro artículo